Conoce tu factura

Factura Ejemplo

Línea teléfonica de emergencia

1 of 13

Titular y domicilio del servicio

2 of 13

Datos del usuario

3 of 13

Identificación del ciclo y fecha de emisión

4 of 13
Detalles de lecturas 5 of 13

Gráfico comparativo de consumo del último año

6 of 13
Detalles de los conceptos facturados
incluidos en el total a pagar. 7 of 13

Saldo deudor a la fecha de la emisión de la factura

8 of 13

Información de interés

9 of 13

Código de pago electrónico

10 of 13
Cuadro tarifario aplicado según
resoluciones vigentes del ENARGAS 11 of 13

Talón de pago

 

12 of 13

Área de novedades

13 of 13
Conceptos de facturación

Es un cargo autorizado por ENARGAS que cubre los Costos fijos en el que incurre la Subdistribuidora para llevar a cabo la prestación de servicio. El importe del cargo es aplicado según lo establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la Entidad Regulatoria. 

Mediante Resolución ENARGAS Nº 223/2019, el Cargo Fijo se facturará asignando a cada liquidación (usuarios con lectura bimestral) el 50% del valor que corresponda aplicar en función de los cuadros tarifarios vigentes para el período de consumo bimestral con facturación mensual.

Es el valor del consumo corregido sobre el M³ establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la Entidad Regulatoria. 

Composición del consumo corregido:

  • CONSUMO LEIDO DEL MEDIDOR: Se realiza mediante listines de lectura ordenados por ruta y folio, en los cuales se carga la cantidad de medidores a relevar y una vez que el lecturista finaliza con la totalidad de los medidores incluidos en la ruta, se procede a la descarga de estados actuales al sistema de control y es donde surge el consumo leído del medidor. Periodicidad: Usuarios residenciales: Bimestral. Usuarios SGP/EBP: Mensual

 

  • DETERMINACION DE VOLUMENES ENTREGADOS (FACTOR DE CORRECCION): Está compuesto por diferentes factores. 
  1. A) TEMPERATURA: Se determinará un factor de temperatura ambiente anual y de aplicación durante todo el año, para cada zona o localidad. Se realizará un mapa con el factor de corrección por temperatura que presenta cada zona o localidad. Si en una zona o localidad de la Distribuidora no hay mediciones registradas por el Servicio Meteorológico Nacional, se buscará la ciudad aledaña más 

cercana donde existan datos del SMN que sean representativos

  1. B) FACTOR DE PRESION: El área de la Distribuidora se dividirá en zonas o localidades abastecidas. El factor de presión a emplear debe considerar la presión barométrica promedio anual, que se obtiene del promedio de las presiones diarias, de los últimos 5 (cinco) años proporcionadas por el Servicio Meteorológico Nacional, o la calculada a partir de la altitud del lugar respecto al nivel del mar, de acuerdo con la ecuación teórica incluida en el AGA Report N° 7 “Measurement of Natural Gas by Turbine Meters” del año 2006
  2. C) FACTOR DE COMPRENSIBILIDAD: Se determinará un factor de compresibilidad anual y de aplicación durante todo el año, para cada zona o localidad. Se realizará un mapa con el factor de corrección por compresibilidad que presenta cada zona o localidad.

Para clientes con presión manométrica <= 0,5 bar el factor de compresibilidad se tomará igual a 1 (uno).

 

  • DETERMINACION DEL PODER CALORICO: El poder calórico del Gas se determinará mediante: (A) el/los cromatógrafo/s o calorímetro/s registrador/es que la Distribuidora tiene instalado/s en posiciones representativas, y se corregirá para convertirlos en base seca. El promedio aritmético de los registros del día será considerado como el poder calórico total del Gas para ese día, o (B) el cálculo por análisis fraccionario de muestras registradas en puntos representativos, tomadas mediante muestreadores continuos.

 

Composición del precio de gas:

  • PRECIO DEL GAS: es el precio promedio ponderado del gas pagado a los productores.
  • GAS RETENIDO: parte del gas que se inyecta en el sistema de gasoductos, se consume como combustible de los compresores que intervienen en el transporte del fluido desde los yacimientos, dicho consumo se integra en la tarifa como “Costo del gas retenido”.
  • TARIFA DE TRANSPORTE: es el cargo que percibe la transportista por el traslado del gas a través del sistema de gasoductos, desde el punto de ingreso al sistema de transporte, hasta el punto de entrega del gas en la zona correspondiente a la distribuidora.
  • TARIFA DE DISTRIBUCION: es el cargo que percibe la distribuidora por el desarrollo de su actividad y está compuesta por la tarifa autorizada por Enargas.

La Tarifa Social apunta a cuidar a los usuarios más vulnerables otorgándoles el beneficio de acceder al servicio de gas con precios acordes a su situación de vulnerabilidad.

> Ver requisitos del trámite

El programa apunta a garantizar el acceso a los servicios públicos con subsidios del Gobierno Provincial destinados a las familias y asociaciones sin fine de lucro que lo necesitan y que no puedan abonar la totalidad de las facturas de luz y gas.

Este programa es articulado con entes nacionales, provinciales y municipales. A su vez el Ministerio de Desarrollo Social de Santa Cruz, en conjunto con Servicios Públicos Sociedad del Estado y Distrigas S.A., serán los encargados del control, monitoreo, recepción de datos, solicitud de bajas, renovaciones y validaciones de las inscripciones al Programa.

El Programa consta de bonificaciones del 30, 50 y 90 por ciento en las facturas de servicios de Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE) y Distrigas S.A.

> Requisitos para la inscripción

 

Mediante el Artículo 75 de la Ley Nº 25.565, se crea el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, con el objeto de financiar las compensaciones tarifarias para la zona Sur del país que las distribuidoras o subdistribuidoras zonales de Gas Natural de uso domiciliario y Gas Licuado de Petróleo, deberán percibir por la aplicación de tarifas diferenciales.

 

En tal sentido, se definen dos tipos de tarifas:

TARIFA FINAL

Corresponde al valor final del Cargo Fijo y m³ en pesos, establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la entidad regulatoria.

 TARIFA DIFERENCIAL

Corresponde al valor diferencial del Cargo Fijo y m³ (subsidio Patagónico incluido) en pesos establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la entidad regulatoria.

A fin de que el Subsidio Patagónico otorgado por el Estado Nacional sea expresado para poder ser identificado por el usuario del servicio con total claridad; en la factura se describen los conceptos (cargo fijo y cargo variable m³) calculados con su respectiva tarifa final, seguido el importe del subsidio otorgado (tarifas diferenciales – finales).-

 

 

Línea teléfonica de emergencia

1 of 13

Titular y domicilio del servicio

2 of 13

Datos del usuario

3 of 13

Identificación del ciclo y fecha de emisión

4 of 13
Detalles de lecturas 5 of 13

Gráfico comparativo de consumo del último año

6 of 13
Detalles de los conceptos facturados
incluidos en el total a pagar. 7 of 13

Saldo deudor a la fecha de la emisión de la factura

8 of 13

Información de interés

9 of 13

Código de pago electrónico

10 of 13
Cuadro tarifario aplicado según
resoluciones vigentes del ENARGAS 11 of 13

Talón de pago

12 of 13
En memoria por los más de 1500 obreros fusilados en tierras santacruceñas,
hechos conocidos como «la Patagonia Trágica» o «la Patagonia Rebelde»
ocurridos en los años 1920 y 1921. 13 of 13
Conceptos de facturación

Es un cargo autorizado por ENARGAS que cubre los Costos fijos en el que incurre la Subdistribuidora para llevar a cabo la prestación de servicio. El importe del cargo es aplicado según lo establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la Entidad Regulatoria. 

Mediante Resolución ENARGAS Nº 223/2019, el Cargo Fijo se facturará asignando a cada liquidación (usuarios con lectura bimestral) el 50% del valor que corresponda aplicar en función de los cuadros tarifarios vigentes para el período de consumo bimestral con facturación mensual.

Es el valor del consumo corregido sobre el M³ establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la Entidad Regulatoria. 

Composición del consumo corregido:

  • CONSUMO LEIDO DEL MEDIDOR: Se realiza mediante listines de lectura ordenados por ruta y folio, en los cuales se carga la cantidad de medidores a relevar y una vez que el lecturista finaliza con la totalidad de los medidores incluidos en la ruta, se procede a la descarga de estados actuales al sistema de control y es donde surge el consumo leído del medidor. Periodicidad: Usuarios residenciales: Bimestral. Usuarios SGP/EBP: Mensual

 

  • DETERMINACION DE VOLUMENES ENTREGADOS (FACTOR DE CORRECCION): Está compuesto por diferentes factores. 
  1. A) TEMPERATURA: Se determinará un factor de temperatura ambiente anual y de aplicación durante todo el año, para cada zona o localidad. Se realizará un mapa con el factor de corrección por temperatura que presenta cada zona o localidad. Si en una zona o localidad de la Distribuidora no hay mediciones registradas por el Servicio Meteorológico Nacional, se buscará la ciudad aledaña más 

cercana donde existan datos del SMN que sean representativos

  1. B) FACTOR DE PRESION: El área de la Distribuidora se dividirá en zonas o localidades abastecidas. El factor de presión a emplear debe considerar la presión barométrica promedio anual, que se obtiene del promedio de las presiones diarias, de los últimos 5 (cinco) años proporcionadas por el Servicio Meteorológico Nacional, o la calculada a partir de la altitud del lugar respecto al nivel del mar, de acuerdo con la ecuación teórica incluida en el AGA Report N° 7 “Measurement of Natural Gas by Turbine Meters” del año 2006
  2. C) FACTOR DE COMPRENSIBILIDAD: Se determinará un factor de compresibilidad anual y de aplicación durante todo el año, para cada zona o localidad. Se realizará un mapa con el factor de corrección por compresibilidad que presenta cada zona o localidad.

Para clientes con presión manométrica <= 0,5 bar el factor de compresibilidad se tomará igual a 1 (uno).

 

  • DETERMINACION DEL PODER CALORICO: El poder calórico del Gas se determinará mediante: (A) el/los cromatógrafo/s o calorímetro/s registrador/es que la Distribuidora tiene instalado/s en posiciones representativas, y se corregirá para convertirlos en base seca. El promedio aritmético de los registros del día será considerado como el poder calórico total del Gas para ese día, o (B) el cálculo por análisis fraccionario de muestras registradas en puntos representativos, tomadas mediante muestreadores continuos.

 

Composición del precio de gas:

  • PRECIO DEL GAS: es el precio promedio ponderado del gas pagado a los productores.
  • GAS RETENIDO: parte del gas que se inyecta en el sistema de gasoductos, se consume como combustible de los compresores que intervienen en el transporte del fluido desde los yacimientos, dicho consumo se integra en la tarifa como “Costo del gas retenido”.
  • TARIFA DE TRANSPORTE: es el cargo que percibe la transportista por el traslado del gas a través del sistema de gasoductos, desde el punto de ingreso al sistema de transporte, hasta el punto de entrega del gas en la zona correspondiente a la distribuidora.
  • TARIFA DE DISTRIBUCION: es el cargo que percibe la distribuidora por el desarrollo de su actividad y está compuesta por la tarifa autorizada por Enargas.

La Tarifa Social apunta a cuidar a los usuarios más vulnerables otorgándoles el beneficio de acceder al servicio de gas con precios acordes a su situación de vulnerabilidad.

> Ver requisitos del trámite

SER.SOL es un programa de cobertura de los servicios públicos en la provincia de Santa Cruz, para aquellas familias en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Es un programa de articulación entre el Ministerio de Desarrollo Social, Servicios Públicos Sociedad del Estado y Distrigas S.A. en todo el territorio provincial.

> Requisitos para la inscripción

Mediante el Artículo 75 de la Ley Nº 25.565, se crea el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, con el objeto de financiar las compensaciones tarifarias para la zona Sur del país que las distribuidoras o subdistribuidoras zonales de Gas Natural de uso domiciliario y Gas Licuado de Petróleo, deberán percibir por la aplicación de tarifas diferenciales.

 

En tal sentido, se definen dos tipos de tarifas:

TARIFA FINAL

Corresponde al valor final del Cargo Fijo y m³ en pesos, establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la entidad regulatoria.

 TARIFA DIFERENCIAL

Corresponde al valor diferencial del Cargo Fijo y m³ (subsidio Patagónico incluido) en pesos establecido en los cuadros tarifarios vigentes emitidos mediante resoluciones por la entidad regulatoria.

A fin de que el Subsidio Patagónico otorgado por el Estado Nacional sea expresado para poder ser identificado por el usuario del servicio con total claridad; en la factura se describen los conceptos (cargo fijo y cargo variable m³) calculados con su respectiva tarifa final, seguido el importe del subsidio otorgado (tarifas diferenciales – finales).-